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Mañana entran en vigor las medidas de la Fase 2 en el deporte acuático

31/05/2020 @ 15:15:39

El 16 de mayo, se publicó en el B.O.E. una Orden para flexibilizar determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma a aplicar en la fase 2. Desde entonces, varias han sido las modificaciones que se han dispuesto en lo referente al deporte acuático

 

Principalmente, en el artículo 43 de la Orden SND/414/2020 se disponen los criterios y condiciones para la reapertura de las piscinas para uso deportivo, tanto cubiertas como al aire libre, precisándose concertación de cita previa con la entidad gestora de la instalación, que organizará turnos horarios, fuera de los cuales no se podrá permanecer en ésta con el fin de evitar aglomeraciones y cumplir las medidas de higiene y protección necesarias.

A pesar de que por “piscinas para uso deportivo” se entiende estrictamente aquellas que están delimitadas por calles mediante corcheras usadas para realizar nado continuo, también estarán permitidas las actividades de las federaciones que desarrollan su actividad en el medio acuático, aunque tengan otra disposición espacial, como son algunas de las modalidades deportivas integradas en la FNCV.

Sin embargo, y como diferencia, cuando la piscina se divida por calles de entrenamiento, se habilitará un sistema de acceso y control que evite la acumulación de personas y que cumpla con las medidas de seguridad y protección sanitarias, esto es, límite al 30% del aforo en el acceso a esta instalación y durante la práctica en la piscina. De aquí se deduce la eliminación de la restricción del número de deportistas por calle, aunque se entiende que no se elimina la restricción del número de deportistas en una piscina no dividida por calles, donde se debe seguir lo siguiente que se menciona en la Orden SND/458/2020, de 30 de mayo:  “En las piscinas se podrá permitir la práctica deportiva individual o aquellas prácticas que se puedan desarrollar por un máximo de dos personas en el caso de modalidades así practicadas, siempre sin contacto físico manteniendo las debidas medidas de seguridad y protección, y en todo caso la distancia de seguridad de dos metros”.

En cualquier caso, los deportistas con licencia de la federación acuática correspondiente tendrán acceso preferente frente al resto de usuarios y podrán acceder con un entrenador, circunstancia que deberá acreditarse debidamente, con excepción de las personas con discapacidad o menores que requieran la presencia de un acompañante.

Se podrán utilizar los vestuarios, respetando las medidas generales de prevención e higiene frente al COVID-19 indicadas por las autoridades sanitarias. Además, se recomienda el uso de material propio y en caso de tener que compartirlo, se deberá limpiar y desinfectar a la finalización de cada turno, así como la playa de la piscina y las zonas comunes.

 

Por lo que respecta al uso de la playa en fase 2, el pasado 23 de mayo se amplió al tránsito y permanencia en ellas, así como la práctica de actividades deportivas, profesionales o de recreo, respetando las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención del COVID-19, y, en particular, las relativas al mantenimiento de una distancia mínima de seguridad de, al menos, dos metros, o, en su defecto, medidas alternativas de protección física, de higiene de manos y etiqueta respiratoria.

El número de gente que puede realizar estas actividades en grupo no debe superar las 15.

No será necesario aplicar un perímetro de seguridad de 2m entre los objetos depositados en la playa, como toallas o sombrillas, en el caso de que el grupo no supere este número máximo o sean bañistas convivientes, aunque sí con respecto a los objetos del resto de usuarios.

Se permite el uso de duchas y lavapiés al aire libre, aseos, vestuarios y otros servicios públicos similares con una ocupación máxima de 1 persona, salvo en aquellas personas que precisen asistencia, en cuyo caso podrán contar con su acompañante.

Los ayuntamientos podrán limitar aforo y el acceso, que en todo caso será gratuito, a fin de asegurar que se respeta la distancia interpersonal entre bañistas, así como establecer límites en los tiempos de permanencia en las mismas y en el acceso a los aparcamientos a efectos de garantizar su disfrute por el mayor número posible de personas en condiciones de seguridad sanitaria y de facilitar el control del aforo de las playas, respectivamente.

En cualquier caso, se recordará a los usuarios mediante cartelería visible u otros medios estas normas de higiene y prevención a cumplir, señalando la necesidad de abandonar la instalación ante cualquier síntoma compatible con el COVID-19.

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